VISTO:
El expediente I-37581-09; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el obrado de referencia, viene a tratamiento el proyecto de Ordenanza por el cual se propicia la creación del Consejo de Medios Audiovisuales, Preservación Documental y Defensa de
Que
Que tal obligación mínima no obsta la posibilidad de ampliar reservas de frecuencias a favor del Estado Municipal, en virtud de la incorporación de nuevas tecnologías que permitan un mayor aprovechamiento del espectro radioeléctrico, como se ha previsto en dicha norma;
Que la ley obliga, también, la reserva en cada localización donde esté la sede central de una Universidad Nacional, una frecuencia de televisión abierta y una frecuencia para emisoras de radiodifusión sonora sin perjuicio de las autorizaciones a obtener mediante resolución fundada de la autoridad nacional de aplicaciones para la operación de frecuencias adicionales con fines educativos, científicos, culturales o de investigación;
Que se suma la previsión del Artículo 88 Inc. b) en tanto impone el criterio de satisfacer ¨los requerimientos de la política nacional de comunicación y de las jurisdicciones municipales y provinciales¨, abriéndose así un nuevo campo temático a preservar;
Que la misma capacidad técnica permite subsumir la defensa de los derechos del consumidor y el usuario, en tanto la mayor parte de las consultas y diferendos llevados a esa área municipal tienen relación con servicios audiovisuales;
Por todo ello,
El Concejo Deliberante de Avellaneda, ha sancionado en sesión extraordinaria, la siguiente
O R D E N A N Z A
Artículo 1º- Créase el ¨CONSEJO DE MEDIOS AUDIOVISUALES, PRESERVACIÓN DOCUMENTAL Y DEFENSA DE
· Asegurar las reservas de todas las frecuencias de medios audiovisuales previstas para
· Establecer y controlar el cumplimiento de las pautas de uso de las frecuencias municipales en un todo, de acuerdo a la legislación en la materia y la autoridad federal de aplicación, en resguardo de los intereses de
· Constituirse como autoridad de aplicación en defensa de los consumidores, usuarios de servicios públicos en general y del público al cual se dirigen los medios audiovisuales.
· Desarrollar un sistema de preservación documental tendiente a sistematizar el digesto jurídico municipal y revalorar el patrimonio documental histórico.
· Entender en el desarrollo y puesta en práctica de nuevos canales de comunicación audiovisual, tecnologías innovadoras y formatos de transmisión de información para su implementación en la jurisdicción Municipal.
· Fomentar la creación de medios audiovisuales así como la participación ciudadana y estatal en los mismos propendiendo a la propagación de la cultura municipal en todas sus formas.
Artículo 2º- Créase el cargo de Presidente del ¨CONSEJO DE MEDIOS AUDIOVISUALES, PRESERVACIÓN DOCUMENTAL Y DEFENSA DE
Artículo 3º- El Departamento Ejecutivo, dentro del plazo máximo de noventa (90) días de sancionada la presente determinará las funciones y alcances del Consejo y su composición, para lo cual queda expresamente autorizado.
Artículo 4º- Regístrese, etc.
Dada la sanción legislativa en
Expediente I-37581-09
Avellaneda, 29 de diciembre de 2009
REGISTRO OFICIAL DE ORDENANZAS,
ORDENANZA registrada
DECRETOS, RESOLUCIONES
bajo el Nº 22232
Y COMUNICACIONES
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