La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual cumplirá este miércoles tres años desde que el Congreso sancionó en la madrugada del 10 octubre de 2009, y en dos meses alcanzará su plena vigencia.
El próximo 7 de diciembre vencerá el plazo que la Corte Suprema de Justicia le concedió a una medida cautelar presentada por el Grupo Clarín para impedir que se cumpla con el artículo de desinversión monopólica, el artículo 161 de la ley.
El Gobierno anunció que ese día someterá a "concurso público" las licencias del Grupo que excedan el mínimo establecido en la nueva Ley, si es que la empresa no presenta un plan de adecuación.
La normativa sancionada hace tres años derogó la Ley 22.285, denominada de Radiodifusión, dictada por la última dictadura cívico militar.
Tras 25 años de espera, y luego de una ronda de debates que se extendieron a lo largo y a lo ancho del país, la Ley de Medios se sancionó en el Senado a las 6.10 de la mañana del sábado 10 de octubre, por 38 votos a favor, 28 en contra y una abstención, y luego de 19 horas y media de debate.
A pesar de su sanción, la normativa no pudo alcanzar su plena vigencia en tres años dado que el Grupo Clarín interpuso sucesivos recursos de amparo para impedir que se cumpla con el artículo 161.
El artículo establece un plazo de un año de adecuación para los multimedios, que deben deshacerse de algunas de sus licencias en caso que excedan los límites de la Ley, como sucede con Clarín.
El último de los recursos interpuestos por el Grupo fue una medida cautelar presentada en aquél momento ante el juez civil y comercial Edmundo Carbone, para suspender el artículo 161.
Pero en mayo de este año y por decisión unánime, firmada por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni, la Corte Suprema de Justicia fijó una duración máxima de 36 meses para la cautelar, pero contados a partir de la notificación de la misma, con lo cual la normativa entrará en vigencia el 7 de diciembre próximo.
De esta manera el Grupo Clarín deberá a partir de esa fecha desprenderse de las licencias necesarias para no exceder el número permitido por la legislación.
La Ley estableció que un mismo concesionario sólo podrá tener una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital; hasta 10 señales sonoras, de televisión abierta o cable, y hasta 24 de radiodifusión por suscripción.
Además la norma no permite a ningún operador dar servicios a más de 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados; y quien maneje un canal de televisión abierta no podrá ser dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad, y viceversa.
El Grupo Clarín cuenta con más de 240 sistemas de cable, 9 radios AM, 1 FM y 4 canales de TV abierta.
En su fallo, la Corte consideró que el plazo legal para comenzar a hacer efectivo el artículo 161 venció el 28 de diciembre de 2011, pero no se aplicó a la actora como consecuencia de la medida cautelar.
En consecuencia, sostuvo que “el plazo de la cautelar no puede contarse a partir de la notificación de la demanda, sino desde la notificación de la cautelar”, que fue ordenada el 7 de diciembre de 2009.
“En consecuencia, estando vencido el plazo legal, y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del artículo 161 de la Ley 26.522 con respecto a la actora”, concluyó la Corte.
Hace menos de un mes, el máximo tribunal dio un espaldarazo a la Ley de Medios al evitar pronunciarse sobre otro recurso judicial interpuesto por el Grupo Clarín para incumplir con el ordenamiento de la grilla de TV por cable, al sostener que hay una normativa que es la que rige al respecto. (Telam)
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