La presidente Cristina Fernández se expresó a través de la red social Twitter: “Buena noticia, los fallos de la CSJN no los redacta (Héctor) Magnetto”, dijo. A su turno, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Gabriel Mariotto, afirmó que el fallo de la Corte Suprema de Justicia "pone un límite a las medidas cautelares que frenan la aplicación de la ley". Y el ministro del Interior, Florencio Randazzo, consideró que el fallo “es un avance importante” para la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La presidenta Cristina Fernández utilizó la red social Twitter para opinar sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre la ley de Comunicación Audiovisual, y afirmó: "Buena noticia, los fallos de la CSJN no los redacta (Héctor) Magnetto", ceo del Grupo Clarín.
Desde Alemania, la Presidenta sostuvo: "Buena noticia, los fallos de la CSJN no los redacta Magnetto. Tampoco los firma (Joaquín) Morales Solá ni (Eduardo) Van der Kooy".
Así, la jefa del Estado se refirió al fallo del máximo tribunal argentino sobre el artículo 161 de la ley de Comunicación Audiovisual en la que limitó la vigencia de las medidas cautelares al solicitarle a un magistrado que establezca el tiempo que demorará en pronunciarse y ratificó la plena vigencia de la ley de medios.
En un fallo, dividido por cinco a dos votos, el alto tribunal se pronunció el miércoles de esta manera sobre la medida cautelar dispuesta por el juez Edmundo Carbone, de suspender la aplicación del articulo 161 de la ley de comunicación audiovisual, que había sido ratificada por la Sala II Cámara Civil y Comercial.
Por su parte, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Gabriel Mariotto, afirmó que el fallo "pone un límite a las medidas cautelares que frenan la aplicación de la ley".
"El fallo no habla de inconstitucionalidad del artículo 161, como insistían en pedir Clarín y La Nación", dijo Mariotto y aclaró que "sólo habla del tiempo de adecuación" para ajustarse a los términos de la ley que pone un límite a la cantidad de señales de radio y TV que se pueden tener.
En declaraciones a radio Rivadavia, el titular de la AFSCA señaló que en el fallo del máximo tribunal "el artículo 161 está absolutamente aceptado" y que "lo que está cuestionado es el tiempo", aunque aclaró que tras la suspensión de un juez de Mendoza por una medida cautelar del grupo Clarín, el plazo original de un año desde la reglamentación se extendió a un año y medio.
Asimismo, evaluó como "bastante light" el aspecto del fallo que confirmó la suspensión para Clarín del plazo de adecuación al artículo 161 al interpretar que "a partir del fallo de la Corte, Clarin tiene una ley propia, mientras que las otras empresas van a tener que ajustarse a un año".
En tanto, el ministro del Interior, Florencio Randazzo opinó en Neuquén que "es un avance importante" el fallo de la Corte Suprema porque "lo más importante es que reconoce su plena vigencia".
"Para nosotros lo más importante es que la Corte ha reconocido la plena vigencia de la ley", aseguró en declaraciones a la prensa en Neuquén.
Dijo que "es una ley de servicios audiovisuales que pretende que haya mayor información, que no se omita información, que no se tergiverse información, que haya pluralidad en la palabra que viene a reemplazar a una ley de la dictadura".
Agregó que esta "es una ley que fue debatida a lo largo y a lo ancho del país y que fue votada por una mayoría muy importante en ambas cámaras". Precisó que "el fallo establece al Juez Carbone un plazo respecto a la medida cautelar. Queda claro que una medida cautelar no puede suspender la aplicación de una ley; así que para nosotros es un avance importante".
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