jueves, 31 de mayo de 2012
Identidad de Género: cambio de sexo en el DNI
Al ponerse en vigencia la Ley de Identidad de Género, desde el 4 de junio, cualquier ciudadano podrá acceder al trámite para adecuar su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee, sin necesidad de recurrir a la Justicia.
El trámite para cambiar el sexo en el DNI podrá realizarse desde el 4 de junio en todo el país, al ponerse en vigencia la Ley de Identidad de Género. En Córdoba, podrán hacerse desde mañana.
El titular del Registro Civil de Córdoba, Adrián Lopresti, informó este miércoles que quienes deseen cambiar su sexo en el DNI, podrán comenzar desde mañana con el trámite en esa dependencia llevando el "DNI con una nota en la que explique su identidad actual, el sexo al que quiere cambiar".
La ley de identidad de género fue protocolizada y publicada el jueves pasado en el boletín oficial, con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y el ministro del Interior, Florencio Randazzo.
Mediante la misma, se le otorga a toda persona el derecho a adecuar toda su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee, sin necesidad de recurrir a la Justicia. Tampoco se le pide que haya realizado una operación de cambio genital.
El presidente la Federación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FLGBT), Esteban Paulón, dijo a Télam que "más allá de las disposiciones de cada registro civil, a partir del lunes 4 de junio cualquier persona podrá exigir el derecho de cambio de sexo, nombre e imagen en todo el país".
El trámite
La tramitación, que durará de diez días a dos meses dependiendo de cada Registro Civil, consiste en la presentación de un formulario de pedido de reconocimiento de identidad y la copia certificada de la partida y del DNI.
Después de esa primera presentación, el Registro Civil dispondrá la reserva de la partida de nacimiento para generar una nueva, que referirá a una resolución interna de cada registro civil, donde quede registrado el acto, pero de forma confidencial, tal como lo establece la ley.
Esto implica que "salvo una orden judicial o interés legítimo, los datos que fueron removidos serán públicamente inaccesibles; mientras que los documentos que emitirá el registro civil solo contendrán los datos nuevos, lo que pondrá en pie de igualdad a la persona que ejerció el derecho de identidad de género contemplado en la ley, explicó el titular de la FLGBT.
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